Kit Digital 2025: hasta 18.000€ para tu software Verifactu compatible – guía rápida para autónomos y pymes

La digitalización de la facturación es ya una realidad obligatoria en el horizonte para autónomos y pymes. Con la entrada en vigor progresiva de Verifactu y la factura electrónica obligatoria, el Gobierno ha activado programas de ayuda como el Kit Digital, que puede cubrir hasta 18.000€ en soluciones tecnológicas. En esta guía rápida te explicamos cómo beneficiarte de estas subvenciones y qué requisitos debes cumplir.

💡 Consejo: Si buscas un software de facturación 100% compatible con Verifactu y válido para las ayudas del Kit Digital, visita esyofacturo.com.

¿Qué es Verifactu y por qué será obligatorio?

Verifactu es un nuevo sistema promovido por Hacienda para garantizar la integridad, conservación y trazabilidad de las facturas emitidas por autónomos y empresas. Su objetivo es luchar contra el fraude fiscal y asegurar que todas las facturas se generen con programas certificados y conectados con la Agencia Tributaria.

A partir de 2026 será obligatorio para la mayoría de negocios, aunque muchos ya están adoptándolo por anticipado, especialmente si acceden a subvenciones para actualizar sus herramientas de facturación.

Verifactu está directamente relacionado con la futura factura electrónica B2B que también será obligatoria, aúnque no son lo mismo. La implementación de ambas puede realizarse de forma conjunta mediante ayudas públicas como el Kit Digital.

Programas públicos disponibles

Actualmente, existen varios programas y líneas de subvención que pueden ayudarte a financiar el software de facturación compatible con Verifactu:

  • Kit Digital: hasta 18.000€ por empresa según tamaño.
  • Ayudas regionales: algunas comunidades autónomas ofrecen bonos complementarios.
  • Fondos Europeos FEDER: disponibles para digitalización en algunas convocatorias.
  • Compatibilidades: en muchos casos, estas ayudas pueden combinarse si no se superponen los conceptos financiados.

El Kit Digital es la vía más directa y popular para subvencionar soluciones de facturación adaptadas a Verifactu.

Programas Kit Digital compatibles con la facturación electrónica

Las ayudas Kit Digital se ofrecen en forma de bonos que se solicitan para obtener soluciones digitales (productos y servicios) de los agentes digitalizadores (proveedores) certificados para ofrecerlas.

Existen dos bonos Kit Digital que incluyen la solución de facturación electrónica compatible con Verifactu, y que por tanto cumplen con la Ley Antifraude: el bono para Gestión de la facturación y factura electrónica y el bono para Gestión de procesos.

Ambos bonos te permitirán disfrutar de un sofware de facturación electrónica durante un período mínimo de 12 meses.

Desde YoFacturo recomendamos a los autónomos y PYMES centrarse en el bono de “Gestión de la facturación y factura electrónica” y a PYMES con necesidades de contabilidad ir a buscar el bono de “Gestión de procesos”. Si no haces contabilidad o te hace tu gestor seguro que tu caso es el primero. Si tu empresa se encarga de la contabilidad entonces ya sabrás que tu bono es el de “Gestión de procesos”

Requisitos para acceder a las ayudas

Para solicitar las ayudas del Kit Digital y aplicarlas a un software Verifactu subvencionado que cumpla la Ley Antifraude, deberás cumplir los siguientes requisitos generales:

  • Ser autónomo, microempresa o pyme con menos de 50 empleados.
  • Estar al corriente de pagos con Hacienda y la Seguridad Social.
  • No estar en situación de crisis económica.
  • No superar el límite de ayudas de mínimis (200.000€ en 3 años).
  • No haber recibido el mismo tipo de ayuda anteriormente para el mismo concepto.

Además, el software debe cumplir los requisitos técnicos del reglamento Verifactu (certificación, trazabilidad, conexión automática con la AEAT, etc.).

Documentación necesaria para la solicitud

La solicitud del Kit Digital es relativamente sencilla, pero deberás preparar cierta documentación:

  • NIF/CIF del solicitante
  • Acreditación del alta en el RETA (para autónomos)
  • Certificados de estar al corriente con AEAT y Seguridad Social
  • Presupuesto o factura proforma del proveedor del software
  • Formulario de solicitud del programa Kit Digital

Si delegas el proceso en un Agente Digitalizador, muchos de estos trámites pueden realizarse automáticamente.

Te recomendamos mucho que confíes a tu Agente Digitalizador la gestión de la ayuda para evitar la gran cantidad de burocrácia que esta conlleva.

Importe máximo subvencionable a través del Kit Digital

El importe de la ayuda depende del tamaño de tu empresa y puede variar según el bono solicitado.

Para el caso del bono para “Gestión de la facturación y factura electrónica”

  • 0 < X < 3 empleados: 1.000€ (incluye 1 usuario)
  • 3 ≤ X < 10 empleados: 2.000€ (incluye 3 usuarios)
  • 10 ≤ X < 50 empleados: 2.000€ (incluye 3 usuarios)
  • 50* ≤ X < 100 empleados: 3.000€ (incluye 6 usuarios)
  • 100 ≤ X < 250 empleados: 3.000€ (incluye 6 usuarios)

* Excepción del artículo 7.2.d): En el segmento IV se incluyen las empresas con menos de 50 empleados que tengan consideración de mediana empresa al superar el volumen de negocios anual y balance general anual de 10 millones de euros.

** En el segmento IV se incluyen las empresas menos de 50 empleados que tengan consideración de mediana empresa al superar el volumen de negocios anual y balance general anual de 10 millones de euros

Para el caso del bono para “Gestión de procesos” las ayudas escalan de la siguiente forma:

  • 0 < X < 3 empleados: 2.000€ (incluye 1 usuario)
  • 3 ≤ X < 10 empleados: 3.000€ (incluye 3 usuarios)
  • 10 ≤ X < 50 empleados: 6.000€ (incluye 10 usuarios)
  • 50* ≤ X < 100 empleados: 15.000€ (incluye 20 usuarios)
  • 100 ≤ X < 250 empleados: 18.000€ (incluye 25 usuarios)

* Excepción del artículo 7.2.d): En el segmento IV se incluyen las empresas con menos de 50 empleados que tengan consideración de mediana empresa al superar el volumen de negocios anual y balance general anual de 10 millones de euros.

** En el segmento IV se incluyen las empresas menos de 50 empleados que tengan consideración de mediana empresa al superar el volumen de negocios anual y balance general anual de 10 millones de euros

Dentro de estos importes, se puede destinar una parte a la categoría “Gestión de procesos”, que incluye software de facturación compatible con Verifactu. El gasto cubre tanto la adquisición del programa como su instalación, configuración inicial y soporte durante 12 meses.

Plazos y procedimiento de solicitud

El programa Kit Digital para soluciones Verifactu está vigente hasta el 31 de octubre de 2025 o hasta agotar fondos. Cuidado porqué ya estamos en la cuenta atrás de semanas para que finalice el Kit Digital.

El proceso básico es:

  1. Registrarse en Acelera Pyme y hacer el autodiagnóstico digital.
  2. Seleccionar un agente digitalizador, como el proveedor del software.
  3. Solicitar el bono digital a través de Red.es.
  4. Firmar el acuerdo con el proveedor una vez concedida la ayuda.

Si ya utilizaste parte del bono para otra solución (por ejemplo, sitio web o gestión de redes), puedes usar el importe restante para Verifactu si no superas tu tramo máximo.

Cómo elegir un software Verifactu compatible y subvencionable

Asegúrate de que el software cumple con:

  • Certificación Verifactu, es autoexpedida pero garantiza que el Sistema Informático de Facturación (SIF) se autoresposabiliza del correcto cumplimiento de la Ley Antifraude,
    • ya sea con el envío automático de tus facturas a la AEAT a través de Verifactu
    • o cumpliendo los requisitos que establece la normativa.
    • recuerda que ahora, sea cual sea el tipo de SIF que escojas, no podrás modificar, ni eliminar las faturas una vez emitidas. Este tipo de operaciones se tendrán que hacer a través de rectificativas o de anulación.
  • Control de versiones, trazabilidad e integridad de datos.
  • Soporte técnico y actualizaciones periódicas.

👉 Una opción recomendada es esyofacturo.com, una plataforma sencilla, eficiente y completamente compatible con los requisitos del Kit Digital y Verifactu. Además, ya está preparada para los cambios normativos de 2025 y 2026.

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Publicado: 04/08/2025