Cómo darse de alta como autónomo en 2025: guía paso a paso

Darse de alta como autónomo en España puede parecer un proceso complejo la primera vez que te enfrentas a Hacienda y la Seguridad Social. En 2024 se superó la cifra de 3,3 millones de trabajadores por cuenta propia, y todo indica que en 2025 la tendencia seguirá al alza gracias a la digitalización y al auge del trabajo remoto. Esta guía práctica reúne todas las claves para que completes el alta sin errores, aproveches las bonificaciones y empieces tu actividad con buen pie.

Objetivo: que termines la lectura sabiendo exactamente qué documentos necesitas, qué modelos presentar, cuánto pagarás cada mes y cómo evitar las sanciones más frecuentes.


Requisitos previos y documentación

Antes de abrir el ordenador y empezar a rellenar formularios, dedica un rato a recopilar todo lo imprescindible. El 80 % de las incidencias en el alta se deben a datos incompletos o erróneos.

1. Identificación y afiliación

  • DNI o NIE en vigor. Si tu DNI caduca en los próximos 3 meses, renueva primero.
  • Número de Seguridad Social. Si nunca has cotizado en España, solicita la afiliación con el formulario TA.1.

2. Domicilio fiscal y datos de contacto

El domicilio fiscal es la dirección donde recibirás notificaciones. Aunque trabajes en casa, puedes indicar la dirección de un coworking o una oficina virtual para mantener tu privacidad.

También tendrás que indicar un teléfono y correo electrónico — hoy casi todas las notificaciones llegan por vía telemática.

3. Certificado digital o Cl@ve

Trabajar sin certificado es posible, pero lo ralentiza todo. El uso de un certificado digital te permitirá: - Presentar el modelo 036/037 online. - Firmar el alta en RETA en Import@ss. - Consultar notificaciones electrónicas y evitar sanciones por «silencio».

4. Datos de actividad

Según la actividad que vayas a llevar a cabo deberás indicar a la Seguridad Social y a Hacienda los códigos CNAE y IAE respectivamente. Para seleccionar el código CNAE puedes ir al INE, descargar el listado y seleccionar el código con el título que describa mejor la actividad que vas a hacer. Una vez seleccionado el CNAE, podrás obtener el Epígrafe IAE correcto (código de actividad económica) a través de un “Conversor CNAE - IAE” de entre los múltiples que existen en Internet.

Rescata del plan de empresa que seguramente habrás hecho la previsión de ingresos anuales, necesaria para elegir tramo de cotización.

Otro dato que te hará falta es la fecha real de inicio (debe coincidir en Hacienda y Seguridad Social).

Tip experto: guarda en PDF cada justificante. Si algún organismo “pierde” tu modelo, tendrás la prueba con sello oficial.


Trámite en Hacienda (modelo 036/037)

El alta en Hacienda es el pistoletazo de salida: si no constas en el censo de empresarios, no existes a efectos fiscales. Por tanto no puedes hacer facturas a tus clientes ni llevar a cabo ninguna actividad econòmica de forma legal.

¿Modelo 036 o 037?

Antes de empezar con los trámites té informamos de qué modelo deberás rellenar durante el alta.

Característica Modelo 037 Modelo 036
Versión simplificada
Actividad intracomunitaria
Varios locales o socios
Regímenes especiales de IVA
Alta habitual «freelance» ✅ (también sirve)

Si empiezas como profesional liberal sin operaciones fuera de España y sin regímenes especiales, el 037 es suficiente; en cualquier otro caso, usa el 036.

Paso a paso online

Seguidamente encontrarás los trámites a llevar a cabo para hacer el alta.

  1. Entra en la Sede Electrónica de la AEAT y elige “Censos, NIF y domicilio → Declaraciones censales 036/037”.
  2. Rellena los apartados 1 a 3 con tus datos personales y domicilio.
  3. Sección 004: indica el IAE (puedes consultar la tabla oficial en la propia web).
  4. Sección 600: marca si vas a acogerte a estimación directa simplificada o módulos.
  5. Sección 700: alta en el IVA (modelo alta IVA 036).
  6. Revisa, firma y envía. Descarga el PDF con código seguro de verificación (CSV).

Qué obligaciones fiscales generas

Al darte de alta en Hacienda adquieres la obligación de presentar:

  • Modelo 303 (IVA): trimestral.
  • Modelo 130 (IRPF) si tributas en estimación directa.
  • Modelos 111 y 190 si retienes IRPF a otros profesionales o empleados.
  • Modelo 349 si facturas a clientes de la UE.

¿Mucho papeleo? No te preocupes, leerás más abajo cómo automatizarlo con YoFacturo.


Trámite en la Seguridad Social (RETA)

Tras Hacienda, toca la Seguridad Social. Dispones de 60 días, pero debe ser antes de emitir la primera factura.

Cómo presentar el alta

  • Import@ss (recomendado): entrar con certificado o Cl@ve, seleccionar “Alta en trabajo autónomo”, revisar datos importados de Hacienda y firmar.
  • Presencial: acude a la Tesorería con el modelo TA.0521 rellenado y fotocopia del DNI.

Elegir base de cotización

Con el modelo vigente de ingresos reales, tu cuota se ajusta al tramo que declares. Puedes cambiar hasta seis veces al año para adaptarte a picos de facturación. Además, deberás confirmar ingresos cada inicio de ejercicio.

Mutua colaboradora

Desde 2023 la cobertura por cese de actividad, incapacidad temporal y accidentes es obligatoria. Elige la mutua que gestionará tus bajas; si no lo haces, la TGSS la asignará de oficio.

Coberturas complementarias

  • Cese de actividad mejorado (70 % de la base).
  • Contingencias profesionales (AT/EP) si tu trabajo conlleva riesgos físicos.
  • Planes de pensiones de empleo simplificados: deducibles fiscalmente.

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Una vez dado de alta, llega el reto de gestionar facturas, cobros y gastos. YoFacturo es la aplicación diseñada para facilitarte la vida desde el primer día:

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Coste de la cuota y bonificaciones

En 2025 continúa el sistema de cotización por ingresos reales. A modo de referencia te mostramos en la siguiente tabla la cuota aproximada que te pertoca según los ingresos que tengas cada mes:

Tramo ingresos (€/mes) Cuota 2025 (aprox.)
0 – 670 € 230 €
670 – 1 300 € 260 – 294 €
1 300 – 3 000 € 294 – 350 €
3 000 – 6 000 € 350 – 450 €
> 6 000 € 450 € o más

Bonificaciones estrella

Existen algunas ayudas para que el primer año te puedas aplicar deducciones sobre las cuotas. Búsca la que encaje con tu situación:

  1. Tarifa plana 12 + 12: 80 €/mes durante el primer año, prorrogable otros 12 meses si tus rendimientos netos < SMI (salario mínimo interprofesional).
  2. Jóvenes (mujeres < 35 y hombres < 30): 30 % de reducción adicional durante 12 meses.
  3. Mujeres reincorporadas tras maternidad: 60 € durante 12 meses.
  4. Municipios < 5 000 hab.: rebaja del 30 % en la cuota común.

Ejemplo práctico: si prevés ingresar 1 000 €/mes, tu cuota base sería 275 €. Con tarifa plana pagarás solo 80 €, un ahorro de 195 € mensuales.

También puedes utilizar parte del paro para pagar las cuotas de autónomos. Consulta tu caso en la oficina del paro que te corresponda.


Obligaciones fiscales y contables tras el alta

Uno de los errores más habituales es creer que, una vez dado de alta, “ya está todo hecho”. Nada más lejos de la realidad. A partir de ahora tendrás que cumplir una agenda tributaria bastante estricta.

Declaraciones trimestrales

Estas son las declaraciones que te pertocará hacer a partir del momento en que ya seas autónomo:

  • Modelo 303 (IVA): después de acabar cada trimestre, días 1–20 de abril, julio, octubre y enero.
  • Modelo 130 (pagos fraccionados IRPF): si no aplicas retención en tus facturas.
  • Modelo 111: si pagas a otros profesionales o salarios con retención.

Resúmenes anuales

Otro conjunto de delcaraciones que te pertocará hacer son las anuales.

  • Modelo 390 (resumen anual de IVA) en enero.
  • Modelo 190 (retenciones) también en enero.
  • Modelo 347 (operaciones > 3 000 €/año) en febrero.

Libros registro obligatorios

  1. Libro de facturas emitidas.
  2. Libro de facturas recibidas.
  3. Libro de bienes de inversión (si procede).

Errores frecuentes al darse de alta

Seguidamente te listamos los errores más se cometen más a menudo para que los tengas en cuenta y así puedas evitarlos:

  1. No comunicar la fecha real de inicio: si emites facturas antes de la fecha comunicada, te expones a sanciones de hasta 500 €.
  2. Seleccionar mal el epígrafe IAE: puede impedirte deducir gastos o forzarte a liquidar un recargo de equivalencia que no aplica.
  3. Olvidar la tarifa plana: marcar la casilla en el alta RETA es obligatorio; si la olvidas, no podrás solicitarla a posteriori.
  4. Declarar ingresos cero de forma continuada: Hacienda puede entender que no desarrollas actividad real y darte de baja de oficio.
  5. No guardar copias selladas: un PDF sin CSV no tiene validez legal ante una inspección.
  6. Confundir facturación con rendimiento neto: la cuota de autónomo se calcula sobre los ingresos menos gastos deducibles, no sobre la facturación bruta.
  7. No usar herramientas de gestión: llevar Excel “a mano” acaba generando errores de tipeo, bases imponibles mal sumadas y declaraciones fuera de plazo.

Preguntas frecuentes (FAQ)

1. ¿Puedo facturar sin ser autónomo?

Solo si se trata de una actividad esporádica y tus ingresos no superan el SMI anual. En la práctica, la Seguridad Social considera habitual cualquier ingreso recurrente.

2. ¿Cuál es la diferencia entre estimación directa y módulos?

  • Estimación directa: tributas por el beneficio real (ingresos – gastos).
  • Módulos: Hacienda calcula tu beneficio según criterios objetivos (superficie del local, potencia eléctrica, empleados). Desde 2023 solo está disponible para sectores muy concretos.

3. ¿Qué ocurre si mis ingresos cambian a mitad de año?

Puedes variar tu base de cotización hasta seis veces al año para adaptarte. Basta con comunicarlo en Import@ss antes del día 31 del mes anterior.

4. ¿Necesito un gestor?

No es obligatorio, pero sí recomendable si no dominas fiscalidad. Una herramienta que puede ayudarte a tí y a tu gestor es YoFacturo, que lo pone fácil para que acceda a tus datos directamente y pueda asesorarte mejor.

5. ¿Cómo cierro mi actividad si dejo de ser autónomo?

Debes cursar la baja en Hacienda (036/037) y en RETA. Olvidar uno de los dos pasos supone seguir cotizando o manteniendo obligaciones fiscales.


Conclusión

Darse de alta como autónomo en 2025 es más accesible que nunca, gracias a la tramitación telemática y a la abundante información oficial. Sin embargo, un fallo en los modelos o un olvido en los plazos puede costarte sanciones y quebraderos de cabeza.

  • Prepárate: reúne documentación y certificado digital.
  • Presenta 036/037 y alta en RETA en la misma fecha.
  • Aprovecha bonificaciones como la tarifa plana.
  • Gestiona tu contabilidad con una herramienta fiable.

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Publicado: 24/06/2025